La ANMAT prohibió la venta de otra marca de aceite de oliva

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La ANMAT prohibió la venta de otra marca de aceite de oliva

La medida se hizo efectiva a través de una disposición publicada en Boletín Oficial

En menos de una semana, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), retiró del mercado nacional dos marcas distintas de aceites de oliva. La reciente medida adoptada a través de una disposición oficial, se tomó a partir de la falta de registros y de irregularidades en la numeración del artículo de cocina.

El producto en cuestión en un “Aceite de oliva virgen extra primera prensada, marca Mito Andino”, que incurrió en dos infracciones. Por un lado, el organismo detectó que los números de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y de Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) que figuran en su etiqueta son inexistentes, lo que lo convierte en un producto ilegal bajo la Ley de Alimentos.

A partir de una consulta que recibió el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) se originó la intervención que terminó con la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país y en plataformas de venta en línea. El Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos pidió a la autoridad de Mendoza confirmar la legitimidad del RNE y RNPA, recibiendo como respuesta que esos registros no están autorizados.

En consecuencia, este aceite de oliva fue identificado como ilegal y no apto para su consumo, ya que no puede garantizarse su trazabilidad, condiciones de elaboración, ni adecuación a los controles de calidad y seguridad exigidos para los alimentos que se comercializan en el país.

El martes pasado, la administración impuso la misma restricción para un producto de la misma naturaleza perteneciente a la marca “SOMA”, producido en Córdoba.La investigación se basó en determinar la autenticidad del aceite, ya que la etiqueta generaba dudas respecto de su legalidad.

Por tal razón, ANMAT procedió a prohibirlo, indicando que el producto no puede ser identificado de manera fehaciente como producido, elaborado o fraccionado en un establecimiento habilitado, lo que imposibilita su elaboración y comercialización tanto en Córdoba como en cualquier otro punto del país.

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